"Yo digo que los que condenan los tumultos entre los nobles y la plebe, a mi entender, están cesurando las cosas mismas que constituyeron la causa primera por la que Roma se mantuvo libre; y que consideran más el ruido y el alboroto que de tales tumultos nacía que los buenos efectos que generaban; y que no consideran que en toda república hay dos humores distintos, el del pueblo y el de los grandes y que todas las leyes que se hacen en favor de la libertad nacen de su desunión, como se ve con facilidad que ocurrió en Roma." (Maquiavelo, Discorsi, I, 4)
1. La violencia no la deciden los movimientos sociales, sino el poder. El poder decide, por ejemplo, que una agresión fascista por parte de gentes uniformadas o de paisano no es "violenta" o que la resistencia pacífica o pasiva sí lo es; el poder decide que la prisión o la pena de muerte no son formas violentas de sanción o que la huelga es una forma particularmente violenta de defensa de un interés particular. El poder decide que los hinchas de fútbol o los secuaces del papa pueden ocupar las calles durante varios días con conductas no siempre cívicas y que una tranquilísima acampada en un lugar público o una asamblea ciudadana en una plaza constituyen actos de violencia. Por mucho que se busque, no hay ningún contenido específico debajo del término "violencia" que no dependa de la mera decisión soberana. Lo mismo puede afirmarse respecto del terrorismo. Soberano, podría decirse parafraseando a Carl Schmitt, es quien decide sobre qué es violencia, quien nombra al terrorista.
2. Según Aristóteles existen dos tipos de movimientos, el natural,por el cual un cuerpo se mueve y cambia conforme a su propia esencia dirigiéndose a su lugar natural, y el violento por el cual ese cuerpo se mueve y cambia por efecto de la fuerza de un cuerpo exterior. Lo contrario de la naturaleza es la violencia. En la época moderna, lo que es natural en el orden social lo define el poder. Como explica Bodin, el soberano es quien da valor jurídico a un derecho natural y lo define como tal. En otros términos, es el soberano quien define qué es la naturaleza y qué es el orden natural y, por consiguiente, qué es la violencia. El soberano define lo natural y lo violento y atribuye a la "violencia", contraria al orden social "natural", el estado de excepción en que la ley del soberano no es aplicable. Nada hay de extraño en ello, pues todo soberano pretende definir, sin temor a la tautología; el orden normal, el orden natural, como el orden en que se pueden aplicar sus leyes.
3. En la modernidad politica a la que pertenece el poder soberano, la naturaleza no tiene ningún contenido propio. El gran traductor a categorías metafísicas del orden político soberano, René Descartes, sostiene que el orden natural depende constantemente de la voluntad divina. La violencia es así, acción contra la naturaleza, y, en el orden social y político, contra la ley y la voluntad del soberano que en ella se expresa. Toda pretensión de condenar o de aprobar la violencia empieza y acaba en el discurso del soberano.
4. Cuando la naturaleza no es "orden natural" sino correlación de fuerzas, la oposición naturaleza-violencia cae por su propio peso. Todo orden es precario y efecto relativamente inestable de un equilibrio de fuerzas. El propio poder del soberano que sirve de fundamento a ese orden -o el poder de Dios en el universo- se disuelve en un tejido de relaciones. Es esa la perspectiva democrática y subversiva del materialismo, la de Maquiavelo y la de Spinoza. Era la perspectiva de los materialistas de la antigüedad respecto de los cuales Maquiavelo y Spinoza reconocen su filiación. Es también la de Marx. Ni hay sustancia del poder, ni hay orden natural, ni tampoco es la violencia una característica esencial de una acción, sino la caracterización política de esta por un poder soberano que, a su vez, es la mera resultante de una correlación de fuerzas interna a la multitud.
5. El materialismo desvela la desnudez del poder. Este ya no puede basar su "legitimidad" en un orden natural. Debe fundamentarse en una relación, siempre relativamente antagónica con una multitud de otras fuerzas. El intento de suprimir todo antagonismo, todo tumulto de la multitud equivale a la supresión de la libertad, pues disminuye la potencia de la multitud, su productividad y sume a la multitud en la imaginación triste propia de todo poder absolutista. El absolutismo, que pretende que todos se ajusten a una única complexión, llama paz a lo que es un desierto. El totalitarismo moderno nos da abundantes ejemplos de ello.
6. La variante liberal del absolutismo que hoy se denomina "democracia liberal" pretende también basar su orden social en una naturaleza que, en un círculo vicioso, es a la vez efecto y causa del orden legal establecido por el soberano. Los efectos de este discurso liberal-absolutista se traducen hoy en el rechazo y criminalización de toda ilegalidad cometida por los súbditos -entre los que, naturalmente, no se cuentan los más poderosos, que forman parte del soberano-. Un control estricto del ajuste de las conductas de los súbditos a la legalidad es el principio del Estado policial. La criminalización de los espacios de antagonismo, la consideración como "violentos" de los más inofensivos actos de desobediencia mata la libertad y entristece la vida común.
7.Dado que en la circunstancia actual, el poder criminaliza la más mínima ilegalidad por parte de la disidencia social,lo único que debe tener en cuenta el movimiento en esta cuestión es la posibilidad real de conquista de hegemonía social que hay detrás de cada uno de sus actos, a sabiendas de que todos ellos pueden ser calificados de violentos por el poder. Ello no quiere decir que las agresiones contra personas sean indiferentes o que constituyan medios aceptables en función de un fin que todo lo justifica. Todo acto de agresión tiene un coste para la ética y la política del movimiento, pues prefigura el orden que este puede llegar a constituir y pone en peligro su carácter libre y democrático. Es de encomiar la enorme paciencia y sabiduría del movimiento 15M a este respecto, sabiendo evitar las numerosísimas provocaciones de un poder que vería probablemente con muy buenos ojos una deriva que pudiera calificar sin demasiado temor al ridículo como "terrorista". De momento, dejémoslos con su frustación.
3 comentarios:
Con respecto al punto 1: que el poder actúa así, pues sí, parece ser que sí, que es capaz de hacer fluir arbitrariamente o tiránicamente el límite entre "violencia" y "no violencia", pero, y no es pregunta retórica sino auténtica, ¿no lo hace a costa de "violentar" las propias leyes? Quiero decir con esto, que se fuerza a las leyes a que admitan esa arbitrariedad que me parece que no casa con la propia forma que tiene la ley, en cuanto regla universal. Preguntando de otro modo, ¿es legalizable la tiranía? Y repito que pregunto porque no tengo nada clara la respuesta, pues veo eso que dices sobre el poder y sin embargo creo que la actitud generalizada es la de obtener legitimidad en función de presentar los actos que se realizan como "legales". De ahí lo de querer estigmatizar al 15-M y a las asambleas como "violentos", etc.
Desgraciadamente, o afortunadamente, las leyes son siempre significantes sujetos a interpretación. Puede ampliarse o reducirse al mínimo el margen de interpretación o pueden multiplicarse o reducirse los sujetos de la interpretación, pero no hay ley que no requiera ser interpretada. Por eso la teoría clásica de la soberanía, la de Bodin y de Hobbes asociaba entre los atributos del soberano el poder legislativo con el poder de interpretar las leyes. Eso hace que, en el caso límite, en la situación de excepción, la tiranía sea legalizable, pues, repito, la norma en ese caso se hace ampliamente interpretable y el sujeto de la interpretación se ve reducido al propio soberano. Existe, de ese modo, y no por motivos accidentales sino esenciales, una continuidad en el Estado moderno entre las formas legales y normales de gobierno y las formas de excepción. El nacional-socialismo jamás derogó la constitución de Weimar y gobernó siempre mediante leyes de excepción basadas en una interpretación de la constitución. El aporte de Carl Schmitt y otros juristas a esta labor de interpretación fue considerable.
En conclusión, frente a lo que afirman los partidarios del Estado de derecho, el derecho no puede garantizar en modo alguno la libertad. Sólo una correlación de fuerzas adecuada dentro de la multitud y entre la multitud y el soberano es capaz, como nos recuerda Maquiavelo, de conseguirlo.
Con la necesidad de interpretación de las leyes estoy de acuerdo, claro, pero es que cualquier emisión comunicativa requiere ser interpretada. Lo que no sé es si la capacidad de interpretar la ley es tan elástica como parece desprenderse de tu comentario. De nuevo no lo sé y expreso mis dudas, sin retórica. Creo que el modo de entenderlo que más se ajusta a lo que me parece es que la forma universal de la ley hace que se genere un principio crítico que permite enjuiciar hasta qué punto una ley es ley o no, y por tanto denunciarla como no-ley, digamos, e intentar convertirla en una ley de verdad (que sería enjuiciable a su vez, etc.). Esto es Kant, diría yo, o por lo menos se le parece. Y creo que es en virtud de ese principio crítico por lo que una ley nos parece injusta o no. Y como aquí "justicia" quiere decir algo así como que cada uno haga lo que le dé la gana (de modo universal), y eso es lo que se entiende por libertad, en esta construcción, claro, pues no entiendo muy bien lo que dices al final del comentario, porque me parece que asoma un sentido distinto de libertad o algo parecido. ¿Puede ser eso? Pienso en una libertad más cercana a la participación política que esta kantiana, que a lo mejor es más individualista, en el sentido de favorecer la "vida privada". No sé si me desvío mucho de lo que dices. En cuanto a lo último último, lo de la correlación de fuerzas, la multitud, directamente no lo entiendo bien, pero es por no estar familiarizado con la terminología, me temo, no te voy a pedir que lo expliques, ya investigaré por mi cuenta. Un saludo, y gracias por la respuesta.
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